Requisitos relativos a la gestión de los desechos de alimentos de conformidad con el anexo V del Marpol
El reglamento para la prevención de la contaminación por desechos de los buques, aclarado en el Anexo V del MARPOL, fue revisado y entró en vigor el 1 de enero de 2013. Este Anexo se aplica a todos los buques. Los principales cambios en el anexo V revisado del MARPOL en relación con la descarga de residuos de alimentos son los siguientes:
La descarga de residuos de alimentos triturados o molidos está permitida a distancias
a más de tres (3) millas náuticas de la tierra más cercana fuera de las áreas especiales.
La descarga de residuos de alimentos (no triturados) está permitida para distancias mayores
a más de doce (12) millas náuticas de la tierra más cercana fuera de las áreas especiales.
La descarga de residuos de alimentos triturados o molidos está permitida a distancias
a más de doce (12) millas náuticas de la tierra más cercana dentro de áreas especiales.
Esas "zonas especiales" son -según las normas del MARPOL- la mayoría de las aguas europeas como el Mar Báltico, el Mar del Norte o el Mar Mediterráneo. Los residuos de alimentos triturados o molidos deben poder pasar a través de una pantalla con aberturas no mayores de 25 mm.
Para cumplir con este requisito, será necesaria la instalación de un molino de residuos de alimentos.
La solución Delitek
A bordo de un barco moderno se recoge una cantidad considerable de desechos de alimentos en galeras, despensas y zonas de preparación. Para cumplir con los requisitos, puede ser necesario almacenar y procesar los desechos de alimentos a bordo.
Delitek ha desarrollado un eficiente sistema de vacío para la recogida, transporte y posterior procesamiento de los residuos de alimentos. El transporte por vacío reduce la necesidad de complicadas tuberías y bombas.
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